
Buenos Aires - Mendoza - Rosario
ALGUNOS CASOS DE RESTITUCIÓN DE MENORES LLEVADOS POR NUESTRO ESTUDIO:
► Caso Lopez. País requirente EEUU, País requerido Argentina. Re-abduction. 2009:
► Denuncia y traslado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra Brasil Enero 2008:
► Restitución ordenada en Mendoza a Juez de Perú 2007:
► Restitución de un niño argentino retenido por su padre en China. 2006:
► Un fallo inédito en restitución de menores, el caso Dana Moreno del 2004:
Un matrimonio residía en California, él de nacionalidad
norteamericana y ella de nacional argentina, residente en Estados Unidos, donde
habían contraído matrimonio. Una hija del matrimonio de 3 años de edad, fue
retenida por la madre en Argentina, luego que fuera autorizada por el progenitor
a viajar solo por seis semanas a Buenos Aires, la madre decidió quedarse a vivir
en Argentina.
Un juez de California, ordenó a la progenitora a retornar
la niña a su padre con su pasaporte americano en Argentina si ella no quería
regresar a Estados Unidos. La madre se negó. Hubo una orden de arresto contra la
madre en Estados Unidos. Se le otorgó la tenencia la padre y se le prohibió a la
madre tener contacto con su hija hasta que no se presentara ante la corte en
California.
Hubo un proceso civil en Argentina por restitución bajo la
ley 23.857. Un juez de primera instancia decidió que la niña no debía regresar a
EEUU. El fallo fue Apelado. El progenitor inter tanto llevó a su hija a Estados
Unidos por vías de hecho y se presentó ante el juez en California.
En el 33 Juzgado Nacional de Instrucción, se había
iniciado una causa penal contra un padre por una denuncia de la madre de
sustracción de menor. El juez resolvió que no existía delito, ya que el
progenitor obedeció una orden del juez americano quien además le había otorgado
la custodia definitiva de la niña, que el padre había actuado dentro de las
facultades que le correspondían. Dijo además que el derecho penal no era el
mejor entorno para dirimir una controversia de familia, donde la única
perjudicada era una niña.
La Cámara Civil también se orientó en el buen sentido y
revocó el fallo de primera instancia civil dando sus fundamentos pese a que
hubiera devenido in abstracto, al haber la menor regresado a EEUU con su padre
por vías de hecho. Resaltó que al momento de iniciarse la acción la niña tenía
su residencia en California y al padre le había sido concedida judicialmente la
custodia física y legal. El Tribunal resaltó la demora en exceso de las
actuaciones del Juez inferior. También descartó la aplicación del articulo 13,
inc. b), en cuanto a la existencia de un grave riesgo para la restitución del
menor de acuerdo a las constancias de la causa que habían sido invocadas por el
Juez inferior.
Sorprendió que la Autoridad Central Argentina admitiera la
denuncia de sustracción de menor por parte de su madre y le diera curso,
igualmente por la Autoridad Central Americana. Acciones que ni siquiera fueron
tratadas por abogado alguno ni por el Fiscal en el Estado de California.
Desestimadas aún antes de que se expidiera la justicia Argentina. Esas cosas que
no se compadecen ni se comprenden.
País Requirente Argentina, País Requerido Brasil. Restitución ordenada en Argentina en el 2004. Caso Esteve pendiente al 2010. Denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Brasil, P-897-04.
Dos niños fueron retenidos indebidamente por una
madre brasileña en Río de Janeiro que habían viajado junto a su madre y
padre de nacionalidad argentina y francesa desde Buenos Aires.
El 28 de marzo del 2003 el Segundo Tribunal de Familia de San Isidro,
Provincia de Buenos Aires, Republica Argentina, ordenó el reintegro de los
menores Dan y Paul Esteve, en poder de su madre en Brasil, a su progenitor
a la Republica Argentina. La Justicia brasileña hizo caso omiso de la
restitución de los menores, ordenada por el juez Argentino.
Después de una demora inconcebible, iniciamos la denuncia ante la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, la que fue acogida y se le dio traslado
al Estado brasileño, quien respondió, se presentaron las observaciones por
nuestra parte y estamos a la espera del informe de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos. No tenemos dudas que Brasil será
condenado.
El padre de los niños hace más de 5 años que no logra ver a sus hijos y
para poder hablar debe enviar plata, sino la madre no le permite hablar con
sus hijos. El proceso en Brasil continua desde hace mas de 6 años en un
Estado, que mal podría llamarse estado de derecho, sino de impunidad y
protección hacia los secuestradores.
Cuando el padre quiso presentarse en una audiencia en Brasil, fue amenazado
de muerte y golpeado, pasando un mes en un hospital de Río de Janeiro. La
justicia brasileña, archivó la causa.
Seguimos en la lucha por los derechos que un padre, pueda reunirse con sus
hijos, tocarlos, verlos, sentirlos que es la esencia de la vida misma.
Repudiamos el trato inhumano de Alejandro Esteve en Brasil y esperamos que
un día Alejandro Esteve pueda reunirse con sus hijos en Argentina.
Hay una orden de captura internacional contra la madre de los niños y un
pedido de extradición.
También felicitamos a nuestros amigos David Goldman y su equipo, quienes
nos han apoyado y nos siguen apoyando, por haber recuperado a su hijo
después de cinco años, en el día 24 de diciembre del 2009, les deseamos lo
mejor.
Visite su pagina
www.bringseanhome.org
Recuerde que Brasil no cumple con los tratados internacionales y no devuelve los niños, es un país que protege a sus ciudadanos.
Visite la pagina de los hijos de Alejandro Esteve secuestrados en Brasil.
El caso trataba de una niña con el síndrome de down, que había vivido toda su vida en Mendoza, Argentina. La madre con un excusa de visitar a su familia logra que su pareja le de una autorización de viaje. La madre luego decide no regresar a Argentina y dan direcciones y teléfonos falsos. Es encontrada por Interpol. Esta fue una de las tantas sorpresas jurídicas a las que debimos enfrentar. La Autoridad Central peruana, se presentó de una manera parcial, ayudando a la madre, inclusive se presentaron mas de 4 abogados distintos por la madre, todos particulares, toda vez que la madre no podía pagarlos, me pregunté muchas veces quien fue el benefactor que pagó los mismos. Tanto la primera instancia como la segunda, ordenaron la restitución en Perú. El padre de la niña junto a su abuela paterna debieron permanecer mas de un mes a disposición de una jueza que no solo no cumplió en ejecutar la sentencia de restitución, sino que hizo todo lo posible para demorarla. La sentencia final la dictó una jueza subrogante que increíblemente sustituyó a la jueza titular, ante los reclamos de la Embajada Argentina en Lima por la situación que padecía la familia Marti en Lima. En Perú las sentencias parecen no ser autoejecutables sino que hay que hacer otro proceso para que se cumpla, lo que no se quiso cumplir en la primera instancia... cuando autorice a su hijo a ir a Perú pienselo dos veces, ese es el mejor consejo.
País Requirente: Argentina. País requerido China. Emisión
de pasaporte para que viaje Menor. Foro de Necesidad.
Por primera vez, la República de China hizo lugar a un fallo judicial de otro país. En este caso, a uno surgido de Argentina, más precisamente de Mendoza. La decisión judicial fue de la jueza María Cecilia Zavattieri de Olascoaga, del Tercer Juzgado de Familia, quien decidió que un menor argentino que estuvo tres años en China regresara al país con un pasaporte provisorio. La estadía ilegal del menor de 5 años –había ido de paseo un mes en enero del 2003– obedeció a que su padre, de origen chino pero nacionalizado argentino, tuvo un conflicto con su pareja y madre del menor. A raíz de eso retuvo el pasaporte del chico, impidiendo que saliera del país. Recién el pasado 27 de enero la madre y el pequeño volvieron a la Argentina. “Es un paso muy trascendente el que China le haya dado cumplimiento a lo ordenado por un juez argentino y de Mendoza, ya que este país no ha firmado tratados de cooperación internacional. Siempre las resoluciones son antecedentes. Aunque ésta sea de primera instancia, sienta un precedente la actitud asumida por las autoridades chinas porque no es habitual en ellos”, consideró la jueza Zavattieri de Olascoaga, quien le explicó a Diario UNO los fundamentos de su decisión. El 3 de enero del 2003, padre del menor decidió hacer un viaje a China para que el chico conociera a sus abuelos paternos. El viaje con visa turística era por un mes, junto a su madre, pareja suya y madre del menor. Sin embargo, una pelea hizo que el padre le quitara el pasaporte del menor a la mujer y dejara al niño al cuidado de sus abuelos paternos. Además le pidió a ella 15 mil dólares para entregarle los papeles, contó Fabiana Quaini, abogada de la madre y quien llegó a China con la resolución judicial de Mendoza para que se hiciera un pasaporte provisorio por 60 días y sólo para Argentina, a los efectos de que el menor pudiera regresar al país. Los tribunales chinos en primera y segunda instancias se declararon incompetentes, ya que adujeron que se trataba de una “contienda entre extranjeros”, debido que el padre del menor se había nacionalizado argentino, perdiendo todos los derechos de su país de origen. “Este proceso duró casi un año y medio. Inmediatamente de conocida la resolución de China, en el 2006, es que la madre tuvo que recurrir a la Justicia argentina, iniciando un expediente en el Tercer Juzgado de Familia de Mendoza porque la mujer y el niño tenían su último domicilio legal en nuestra provincia”, explicó Quaini. Desde el 2003 hasta mediados del 2004, el menor estuvo al cuidado de sus abuelos y vivió en la localidad de Wuhu, a 1.000 kilómetros de Shanghai. En esa ciudad tiene sede un consulado de Argentina, donde se emitió el pasaporte que le permitió al niño volver al país junto con su madre. El padre del chico, según contó la abogada Quaini, tuvo varios ingresos a la Argentina, que quedaron registrados en su pasaporte, mientras su hijo estaba en China. La abogada explicó que el fallo en Mendoza se emitió en diciembre del 2006 y en enero viajó a China para que se le diera cumplimiento. “El 8 de enero se emitió el pasaporte, dando lugar a la resolución judicial, pero se demoraron 19 días para entregar todos los papeles, cuando en realidad en Argentina por estar ilegal se paga $50 de multa y a los cinco minutos te dejan ir”, fustigó.
Odisea. Madre junto a su hijo de 5 años y un soldado chino, cuando su insistencia dio frutos y pudo volver a la Argentina.
Por qué se pudo resolver en Mendoza: Los fundamentos de la jueza María Cecilia Zavattieri de Olascoaga, titular del Tercer Juzgado de Familia de Mendoza, se basan en una denegación de Justicia se trabaja con el concepto de “foro de necesidad”, del derecho internacional privado. Este foro establece darle la competencia a un tribunal cuando originariamente no la tiene, siempre que existan ciertos presupuestos de conexidad con el país donde se aplique este principio, a fin de que no se caiga en una verdadera denegación de justicia, explicó la magistrada.
Fabiana Quaini. Abogada del caso.

En ese sentido, estableció que en este caso se demarcan los presupuestos, ya que el primer punto tiene que ver con que haya imposibilidad de iniciar una acción en el extranjero. Según explicó la jueza, esto se cumple porque la Justicia china se declaró incompetente. El segundo presupuesto tiene que ver con que la causa tenga algún tipo de relación con el país donde se juzgará. En este caso lo tiene, ya que dos protagonistas son argentinos y el tercero, si bien es de origen chino, se nacionalizó en nuestro país. Y el tercer presupuesto tiene que ver con garantizar el ejercicio de defensa. Por primera vez en Argentina este principio se aplicó en el caso Vlasof, un juicio de divorcio. Éste sería el segundo caso. El otro punto en el que se hace hincapié en la resolución es en garantizar los derechos del niño y lo que es mejor para él: “En el mejor lugar donde puede estar es con su madre en su país de origen, ya que cuando estuvo en China vivió con abuelos que no conocía. Además de que el padre realizó un abandono del menor, desconociéndose el paradero del progenitor”.
Mendoza encabeza ranking de causas de familia en el
exterior Después de Buenos Aires, nuestra provincia es la que
más conflictos por restitución de menores, alimentos y divorcios tiene
con el extranjero. Un organismo judicial asesora a los jueces locales. Mendoza,
15 de Febrero del 2007
Mendoza se convirtió en la segunda provincia del país, después de Buenos Aires, con más conflictos internacionales de familia. Estos son, entre otros, alimentarios, de restitución de menores y de divorcios. Cuando hace ocho años se creó el Departamento de Cooperación Internacional (DECI), justamente por el crecimiento que tenían este tipo de disputas, se manejaban cinco casos. El año pasado la cifra llegó a 290 y en el 2005 hubo 262 causas. Los números elevados se deben a que nuestra provincia es atractiva para una gran cantidad extranjeros, sobre todo por razones turísticas. También inciden los negocios, entre ellos los vinculados al sector vitivinícola. Y para rematar, también hay muchos mendocinos con posibilidades de viajar fuera del país. En esta resolución de la jueza del Tercer Juzgado de Familia, María Cecilia Zavattieri de Olascoaga, pidió que un menor argentino volviera a su país con un pasaporte provisorio. Así lo hizo el pasado 27 de enero pasado. Esto después de tres años en el que el chico permaneció en China porque el padre, originario de ese país pero nacionalizado argentino, le retuvo su pasaporte por conflictos con su madre. “Los índices actuales de los conflictos internacionales que tiene Mendoza eran impensables diez años atrás. Principalmente los casos de restitución se hacen con países como Chile, España, Italia, Estados Unidos, Bolivia y, en menor medida, con Canadá. Si se hace una evaluación sobre los resultados, en el 50% de los pedidos se consigue la restitución. Los casos negativos se deben a que muchos jueces aplican el interés del niño abusivamente. En este sentido ejemplificó con lo que pasaba durante el 2001 en España. Los casos de restitución no salieron favorables, ya que los jueces argumentaban que era mejor que los niños estuvieran en ese país antes que en Argentina con inseguridad y caos. Sin embargo, el principal problema en Mendoza para la restitución de menores es que todo se maneja en Buenos Aires por Cancillería.
Un Juez del Estado de Texas, ordenó que una menor de cinco años fuera restituida a su padre que había sido deportado a Argentina por vivir ilegalmente en EEUU. La madre de la menor seguía viviendo en EEUU en forma ilegal, no acató la orden del juez de Texas y un grupo de alguaciles, la fueron a buscar y en una redada ubicaron a la niña junto a su madre. La niña fue entregada a Fabiana Quaini quien la regresó a Mendoza, ya que el padre no podía regresar a EEUU a buscarla por haber sido deportado.
Notas de Prensa de este caso
Caso Lopez. País requirente EEUU, País requerido Argentina. Re-abduction. 2009:
Denuncia y traslado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra Brasil Enero 2008:
Restitución de un niño argentino retenido por su padre en China. 2006:
Un fallo inédito en restitución de menores, el caso Moreno del 2004:

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