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derecho internacional privado

 

Fabiana Marcela Quaini

Abogada

Derecho Internacional Privado

 

Buenos Aires - Mendoza - Rosario

 

 

 


 

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ALGUNOS CASOS DE RESTITUCIÓN DE MENORES LLEVADOS POR NUESTRO ESTUDIO:

Nuevos casos restitución internacional de menores 2012

Visite nuestra nueva página de videos en caso Goldman.

 

 

Caso Lopez.  País requirente EEUU, País requerido Argentina.  Re-abduction. 2009:

Denuncia y traslado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra Brasil Enero 2008:

Restitución ordenada en Mendoza a Juez de Perú 2007:

Restitución de un niño argentino retenido por su padre en China. 2006:

Un fallo inédito en restitución de menores, el caso Dana Moreno del 2004:

País Requirente EEUU, País Requerido Argentina.  Restitución ordenada, Re-abduction, Decisiones espejo.  Caso Lopez.  Sentencia del año 2009

Un matrimonio residía en California, él de nacionalidad norteamericana y ella de nacional argentina, residente en Estados Unidos, donde habían contraído matrimonio. Una hija del matrimonio de 3 años de edad, fue retenida por la madre en Argentina, luego que fuera autorizada por el progenitor a viajar solo por seis semanas a Buenos Aires, la madre decidió quedarse a vivir en Argentina.
Un juez de California, ordenó a la progenitora a retornar la niña a su padre con su pasaporte americano en Argentina si ella no quería regresar a Estados Unidos. La madre se negó. Hubo una orden de arresto contra la madre en Estados Unidos. Se le otorgó la tenencia la padre y se le prohibió a la madre tener contacto con su hija hasta que no se presentara ante la corte en California.
Hubo un proceso civil en Argentina por restitución bajo la ley 23.857. Un juez de primera instancia decidió que la niña no debía regresar a EEUU. El fallo fue Apelado. El progenitor inter tanto llevó a su hija a Estados Unidos por vías de hecho y se presentó ante el juez en California.
En el 33 Juzgado Nacional de Instrucción, se había iniciado una causa penal contra un padre por una denuncia de la madre de sustracción de menor. El juez resolvió que no existía delito, ya que el progenitor obedeció una orden del juez americano quien además le había otorgado la custodia definitiva de la niña, que el padre había actuado dentro de las facultades que le correspondían. Dijo además que el derecho penal no era el mejor entorno para dirimir una controversia de familia, donde la única perjudicada era una niña.
La Cámara Civil también se orientó en el buen sentido y revocó el fallo de primera instancia civil dando sus fundamentos pese a que hubiera devenido in abstracto, al haber la menor regresado a EEUU con su padre por vías de hecho. Resaltó que al momento de iniciarse la acción la niña tenía su residencia en California y al padre le había sido concedida judicialmente la custodia física y legal. El Tribunal resaltó la demora en exceso de las actuaciones del Juez inferior. También descartó la aplicación del articulo 13, inc. b), en cuanto a la existencia de un grave riesgo para la restitución del menor de acuerdo a las constancias de la causa que habían sido invocadas por el Juez inferior.
Sorprendió que la Autoridad Central Argentina admitiera la denuncia de sustracción de menor por parte de su madre y le diera curso, igualmente por la Autoridad Central Americana. Acciones que ni siquiera fueron tratadas por abogado alguno ni por el Fiscal en el Estado de California. Desestimadas aún antes de que se expidiera la justicia Argentina. Esas cosas que no se compadecen ni se comprenden.

 

País Requirente Argentina, País Requerido Brasil.  Restitución ordenada en Argentina en el 2004.  Caso Esteve pendiente al  2010. Denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Brasil, P-897-04.


Dos niños fueron retenidos indebidamente por una madre brasileña en Río de Janeiro que habían viajado junto a su madre y padre de nacionalidad argentina y francesa desde Buenos Aires. El 28 de marzo del 2003 el Segundo Tribunal de Familia de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, Republica Argentina, ordenó el reintegro de los menores Dan y Paul Esteve, en poder de su madre en Brasil, a su progenitor a la Republica Argentina. La Justicia brasileña hizo caso omiso de la restitución de los menores, ordenada por el juez Argentino. Después de una demora inconcebible, iniciamos la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que fue acogida y se le dio traslado al Estado brasileño, quien respondió, se presentaron las observaciones por nuestra parte y estamos a la espera del informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. No tenemos dudas que Brasil será condenado. El padre de los niños hace más de 5 años que no logra ver a sus hijos y para poder hablar debe enviar plata, sino la madre no le permite hablar con sus hijos. El proceso en Brasil continua desde hace mas de 6 años en un Estado, que mal podría llamarse estado de derecho, sino de impunidad y protección hacia los secuestradores. Cuando el padre quiso presentarse en una audiencia en Brasil, fue amenazado de muerte y golpeado, pasando un mes en un hospital de Río de Janeiro. La justicia brasileña, archivó la causa. Seguimos en la lucha por los derechos que un padre, pueda reunirse con sus hijos, tocarlos, verlos, sentirlos que es la esencia de la vida misma. Repudiamos el trato inhumano de Alejandro Esteve en Brasil y esperamos que un día Alejandro Esteve pueda reunirse con sus hijos en Argentina. Hay una orden de captura internacional contra la madre de los niños y un pedido de extradición. También felicitamos a nuestros amigos David Goldman y su equipo, quienes nos han apoyado y nos siguen apoyando, por haber recuperado a su hijo después de cinco años, en el día 24 de diciembre del 2009, les deseamos lo mejor. Visite su pagina
www.bringseanhome.org

Recuerde que Brasil no cumple con los tratados internacionales y no devuelve los niños, es un país que protege a sus ciudadanos.

Visite la pagina de los hijos de Alejandro Esteve secuestrados en Brasil.

 

País Requirente Argentina, País Requerido Perú.  Restitución ordenada en Argentina y en Perú.  Caso Marti. La pésima actuación de la justicia peruana y peor aún de la Autoridad Central de Perú.

 

El caso trataba de una niña con el síndrome de down, que había vivido toda su vida en Mendoza, Argentina. La madre con un excusa de visitar a su familia logra que su pareja le de una autorización de viaje. La madre luego decide no regresar a Argentina y dan direcciones y teléfonos falsos. Es encontrada por Interpol. Esta fue una de las tantas sorpresas jurídicas a las que debimos enfrentar. La Autoridad Central peruana, se presentó de una manera parcial, ayudando a la madre, inclusive se presentaron mas de 4 abogados distintos por la madre, todos particulares, toda vez que la madre no podía pagarlos, me pregunté muchas veces quien fue el benefactor que pagó los mismos. Tanto la primera instancia como la segunda, ordenaron la restitución en Perú. El padre de la niña junto a su abuela paterna debieron permanecer mas de un mes a disposición de una jueza que no solo no cumplió en ejecutar la sentencia de restitución, sino que hizo todo lo posible para demorarla. La sentencia final la dictó una jueza subrogante que increíblemente sustituyó a la jueza titular, ante los reclamos de la Embajada Argentina en Lima por la situación que padecía la familia Marti en Lima. En Perú las sentencias parecen no ser autoejecutables sino que hay que hacer otro proceso para que se cumpla, lo que no se quiso cumplir en la primera instancia... cuando autorice a su hijo a ir a Perú pienselo dos veces, ese es el mejor consejo.


País Requirente: Argentina.  País requerido China. Emisión de pasaporte para que viaje Menor.  Foro de Necesidad.

Diario Uno Digital.   Mendoza,  Miercoles 14 de  Febrero de 2007 China acató el fallo local de restituirle un niño a su madre En un caso inédito, un chico de 5 años fue restituido a su madre luego de que el padre, de origen chino, lo retuvo en el país asiático. La odisea de una madre que luchó para recuperar a su hijo. Cintia Vargas
cvargas@diariouno.net.ar
 

Por primera vez, la República de China hizo lugar a un fallo judicial de otro país. En este caso, a uno surgido de Argentina, más precisamente de Mendoza. La decisión judicial fue de la jueza María Cecilia Zavattieri de Olascoaga, del Tercer Juzgado de Familia, quien decidió que un menor argentino que estuvo tres años en China regresara al país con un pasaporte provisorio. La estadía ilegal del menor de 5 años –había ido de paseo un mes en enero del 2003– obedeció a que su padre, de origen chino pero nacionalizado argentino, tuvo un conflicto con su pareja y madre del menor. A raíz de eso retuvo el pasaporte del chico, impidiendo que saliera del país. Recién el pasado 27 de enero la madre y el pequeño volvieron a la Argentina. “Es un paso muy trascendente el que China le haya dado cumplimiento a lo ordenado por un juez argentino y de Mendoza, ya que este país no ha firmado tratados de cooperación internacional. Siempre las resoluciones son antecedentes. Aunque ésta sea de primera instancia, sienta un precedente la actitud asumida por las autoridades chinas porque no es habitual en ellos”, consideró la jueza Zavattieri de Olascoaga, quien le explicó a Diario UNO los fundamentos de su decisión. El 3 de enero del 2003, padre del menor decidió hacer un viaje a China para que el chico conociera a sus abuelos paternos. El viaje con visa turística era por un mes, junto a su madre, pareja suya y madre del menor. Sin embargo, una pelea hizo que el padre le quitara el pasaporte del menor a la mujer y dejara al niño al cuidado de sus abuelos paternos. Además le pidió a ella 15 mil dólares para entregarle los papeles, contó Fabiana Quaini, abogada de la madre y quien llegó a China con la resolución judicial de Mendoza para que se hiciera un pasaporte provisorio por 60 días y sólo para Argentina, a los efectos de que el menor pudiera regresar al país. Los tribunales chinos en primera y segunda instancias se declararon incompetentes, ya que adujeron que se trataba de una “contienda entre extranjeros”, debido que el padre del menor se había nacionalizado argentino, perdiendo todos los derechos de su país de origen. “Este proceso duró casi un año y medio. Inmediatamente de conocida la resolución de China, en el 2006, es que la madre  tuvo que recurrir a la Justicia argentina, iniciando un expediente en el Tercer Juzgado de Familia de Mendoza porque la mujer y el niño tenían su último domicilio legal en nuestra provincia”, explicó Quaini. Desde el 2003 hasta mediados del 2004, el menor estuvo al cuidado de sus abuelos y vivió en la localidad de Wuhu, a 1.000 kilómetros de Shanghai. En esa ciudad tiene sede un consulado de Argentina, donde se emitió el pasaporte que le permitió al niño volver al país junto con su madre. El padre del chico, según contó la abogada Quaini, tuvo varios ingresos a la Argentina, que quedaron registrados en su pasaporte, mientras su hijo estaba en China. La abogada explicó que el fallo en Mendoza se emitió en diciembre del 2006 y en enero viajó a China para que se le diera cumplimiento. “El 8 de enero se emitió el pasaporte, dando lugar a la resolución judicial, pero se demoraron 19 días para entregar todos los papeles, cuando en realidad en Argentina por estar ilegal se paga $50 de multa y a los cinco minutos te dejan ir”, fustigó.

 

Odisea.  Madre junto a su hijo de 5 años  y un soldado chino, cuando su insistencia dio frutos y pudo volver a la Argentina.

Por qué se pudo resolver en Mendoza: Los fundamentos de la jueza María Cecilia Zavattieri de Olascoaga, titular del Tercer Juzgado de Familia de Mendoza, se basan en una denegación de Justicia se trabaja con el concepto de “foro de necesidad”, del derecho internacional privado. Este foro establece darle la competencia a un tribunal cuando originariamente no la tiene, siempre que existan ciertos presupuestos de conexidad con el país donde se aplique este principio, a fin de que no se caiga en una verdadera denegación de justicia, explicó la magistrada.  

Fabiana Quaini. Abogada del caso.

foto  fabiana quaini

En ese sentido, estableció que en este caso se demarcan los presupuestos, ya que el primer punto tiene que ver con que haya imposibilidad de iniciar una acción en el extranjero. Según explicó la jueza, esto se cumple porque la Justicia china se declaró incompetente. El segundo presupuesto tiene que ver con que la causa tenga algún tipo de relación con el país donde se juzgará. En este caso lo tiene, ya que dos protagonistas son argentinos y el tercero, si bien es de origen chino, se nacionalizó en nuestro país. Y el tercer presupuesto tiene que ver con garantizar el ejercicio de defensa. Por primera vez en Argentina este principio se aplicó en el caso Vlasof, un juicio de divorcio. Éste sería el segundo caso. El otro punto en el que se hace hincapié en la resolución es en garantizar los derechos del niño y lo que es mejor para él: “En el mejor lugar donde puede estar es con su madre en su país de origen, ya que cuando estuvo en China vivió con abuelos que no conocía. Además de que el padre realizó un abandono del menor, desconociéndose el paradero del progenitor”.

 

 

deerecho chinoMendoza encabeza ranking de causas de familia en el exterior Después de Buenos Aires, nuestra provincia es la que más conflictos por restitución de menores, alimentos y divorcios tiene con el extranjero. Un organismo judicial asesora a los jueces locales. Mendoza, 15 de Febrero del 2007

Cintia Vargas cvargas@diariouno.net.ar  

Mendoza se convirtió en la segunda provincia del país, después de Buenos Aires, con más conflictos internacionales de familia. Estos son, entre otros, alimentarios, de restitución de menores y de divorcios. Cuando hace ocho años se creó el Departamento de Cooperación Internacional (DECI), justamente por el crecimiento que tenían este tipo de disputas, se manejaban cinco casos. El año pasado la cifra llegó a 290 y en el 2005 hubo 262 causas. Los números elevados se deben a que nuestra provincia es atractiva para una gran cantidad extranjeros, sobre todo por razones turísticas. También inciden los negocios, entre ellos los vinculados al sector vitivinícola. Y para rematar, también hay muchos mendocinos con posibilidades de viajar fuera del país. En esta resolución de la jueza del Tercer Juzgado de Familia, María Cecilia Zavattieri de Olascoaga, pidió que un menor argentino volviera a su país con un pasaporte provisorio. Así lo hizo el pasado 27 de enero pasado. Esto después de tres años en el que el chico permaneció en China porque el padre, originario de ese país pero nacionalizado argentino, le retuvo su pasaporte por conflictos con su madre. “Los índices actuales de los conflictos internacionales que tiene Mendoza eran impensables diez años atrás. Principalmente los casos de restitución se hacen con países como Chile, España, Italia, Estados Unidos, Bolivia y, en menor medida, con Canadá. Si se hace una evaluación sobre los resultados, en el 50% de los pedidos se consigue la restitución. Los casos negativos se deben a que muchos jueces aplican el interés del niño abusivamente. En este sentido ejemplificó con lo que pasaba durante el 2001 en España. Los casos de restitución no salieron favorables, ya que los jueces argumentaban que era mejor que los niños estuvieran en ese país antes que en Argentina con inseguridad y caos. Sin embargo, el principal problema en Mendoza para la restitución de menores es que todo se maneja en Buenos Aires por Cancillería.


La República de China es un país que a pesar del desarrollo económico cuenta con el sistema jurídico más arcaico y antiguo del mundo. A esto se suma que no realiza tratados de cooperación internacional, por lo que no tiene reciprocidad con otros países. Es la primera vez y es un caso inédito lo que se dio en China con este fallo. Lo interesante es que esto es un ovillo en el que ahora pueden salir muchos ejes de pensamiento y seguramente será un tema de discusión internacional. La decisión judicial salió del Tercer Juzgado de Familia, a cargo de la jueza María Cecilia Zavattieri de Olascoaga, quien ordenó que se le hiciera un pasaporte provisorio a un menor argentino que estuvo tres años en China. La abogada Fabiana Quaini fue quien llevó la medida judicial a ese país. Recién el 8 de enero el Consulado Argentino en Shanghai dio el pasaporte.  


País Requirente: Argentina.  País Requerido: EEUU.  Restitución ordenada en EEUU.  Agosto 2004

 

Un Juez del Estado de Texas, ordenó que una menor de cinco años fuera restituida a su padre que había sido deportado a Argentina por vivir ilegalmente en EEUU.  La madre de la menor seguía viviendo en EEUU en forma ilegal, no acató la orden del juez de Texas y un grupo de alguaciles, la fueron a buscar y en una redada ubicaron a la niña junto a su madre.  La niña fue entregada a Fabiana Quaini quien la regresó a Mendoza, ya que el padre no podía regresar a EEUU a buscarla por haber sido deportado.

 

Notas de Prensa de este caso

Un listado completo de casos llevados por nuestro estudio y otra jurisprudencia local y extranjera puede obtenerla en nuestro libro publicado en noviembre del 2009. www.estudioquaini.com.ar/libro.htm



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